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DERECHO CIVIL

Definición de Derecho Civil:

 ... Se conoce como Derecho Civil a aquél que se encarga de regir los vínculos privados que las personas establecen entre ellas. Está formado por las reglas jurídicas que articulan las relaciones patrimoniales o personales entre individuos (personas físicas o personas jurídicas).

 Representamos y Asesoramos en: 

  • Demandas por Incumplimiento Contractual.

  • Asesoría en  Contratos Civiles y Comerciales.

  • Promesas de Compraventa.

  • Lesión Enorme.

  • Arras Penitenciales y Confirmatorias.

  • Restitución de Inmueble Arrendado.

  • Acciones Reivindicatorias.

  • Acciones posesorias.

  • Procesos Policivos.

  • Servidumbres.

  • Divisorios.

  • Propiedad Horizontal.

  • Procesos Monitorios.

  • Pruebas Anticipadas.

  • Responsabilidad Extracontractual. 

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